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Consideraciones éticas sobre la investigación con personas en el contexto actual

 

La pandemia generada por la COVID-19 plantea desafíos importantes para los procesos de investigación científica que involucran a seres humanos. Varios de estos desafíos requieren tener en cuenta la perspectiva de la ética de la investigación. En ese contexto, los comités de ética de la investigación de la Universidad recomiendan lo siguiente a los investigadores, tanto docentes como estudiantes:

1. Los investigadores deben hacer una evaluación profunda sobre el riesgo de contagio que involucra la recolección de información presencial a través de técnicas como encuestas, entrevistas, grupos focales y observaciones. Esta evaluación debe ser más rigurosa cuando involucre a población vulnerable, pues hay que recordar que este riesgo es tanto para el propio investigador como para los participantes. Es deber del investigador hacer un balance entre el beneficio resultante del conocimiento generado y el daño potencial o real sobre las personas involucradas.

2. Los investigadores deben examinar los posibles sesgos que produzca el actual contexto sobre el conocimiento generado. La situación atípica en la cual probablemente se encuentren muchos de los participantes debe ser analizada a fin de verificar su efecto sobre la validez y confiabilidad de los resultados de la investigación. Es deber del investigador reportar este contexto y sus efectos en las publicaciones derivadas.

3. Los investigadores que realicen ajustes en sus diseños metodológicos para adecuarlos a procesos de recolección remota de información proveniente de fuentes primarias (mediante contacto telefónico o virtual) o de fuentes secundarias (bases de datos) deben garantizar la consistencia general de la investigación. En caso de haber obtenido la aprobación de alguno de los comités de ética de la investigación, deben reportar oportunamente la desviación de los protocolos aprobados. Es deber del investigador informar estos cambios en las publicaciones derivadas.

4. Los investigadores que desarrollen investigaciones en función de los ajustes antes indicados deben prestar especial cuidado en la obtención del consentimiento de los participantes mediante medios remotos, así como en la protección de los datos personales obtenidos de esa forma o de fuentes secundarias, según resulte pertinente. Es deber del investigador cuidar los criterios de confidencialidad que ofreció a quienes participan en sus investigaciones, independientemente de si la forma en que el recojo se dé,  haya variado.

 

Comité de ética de la investigación para ciencias sociales, humanas y artes
Comité de ética de la investigación para ciencias de la vida y tecnologías